Fuente: Elektroprofesional
Fecha: 02-04-2010
Más conocido como RLAT, el nuevo Reglamento de Líneas Eléctricas de Alta Tensión, aprobado en el Real Decreto 223/2008, entra en vigor obligatoriamente mañana, día 19 de marzo. De este modo, se aplica ya de forma efectiva esta norma sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en líneas eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-LAT 01 a 09.
Según este nuevo reglamento, se entienden como líneas eléctricas de alta tensión las de corriente alterna trifásica a 50 Hz y las de frecuencia (con tensión nominal entre fases igual o superior a 1 kV). Además, las líneas que utilicen otros sistemas de transmisión o de energía (corrientes continua, alterna monofásica o polifásica), deben ser objeto de una justificación especial por parte del proyectista. Quedan excluidas de la aplicación de las presentes normas solamente las líneas eléctricas que constituyen un tendido de tracción de los ferrocarriles u otros medios de transporte electrificados.
El nuevo RLAT, aprobado el 19 de marzo de 2008 y de aplicación voluntaria desde el 19 de septiembre de ese mismo año, fue presentado oficialmente en mayo de 2008, en la sede del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, en Madrid.
Cabe recordar que, en este acto, el director general de Desarrollo Industrial del ministerio, Jesús Candil, recalcó las principales novedades de este reglamento, tales como la creación de la figura del instalador autorizado en líneas de alta tensión y de la empresa autorizada; la necesidad de realizar un mantenimiento y una inspección de las líneas cada tres años; la necesidad de hacer un balizamiento de las líneas en la proximidad de obras; el aumento de las distancias de seguridad entre líneas aéreas y las explotaciones agrícolas y ganaderas; y contemplar el intercambio de información entre posibles empresas afectadas.