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Legislacion del ICP

Legislacion del ICP

Fuente: cincodias.com

Fecha: 18-06-2010

Legislación del ICP

El real decreto 1454/2005 establece que todos los suministros a consumidores deberán disponer de elementos de control de potencia, y la orden 1857/2008 emplaza a las distribuidoras a comunicar a los consumidores la obligación que tienen de instalar los equipos y las posibilidades de adquisición e instalación de los mismos.

Los consumidores tienen dos opciones para hacerse con el ICP, que son contactar con un instalador autorizado o hacerlo con su suministrador. Las eléctricas suelen cobrar cerca de 9 euros por la revisión y precintado del aparato, así como un alquiler de 0,03 euros al mes.

Por otro lado, la legislación vigente establece que, hasta la fecha en que quede instalado el ICP, las distribuidoras podrán incrementar la potencia del suministro por encima de la contratada